GSMA y ASIET apoyan el proyecto de ley que establece la limitación de responsabilidad de los proveedores de acceso a internet respecto de los contenidos generados por los usuarios

La aprobación por parte de tres comisiones de la Cámara de Diputados del proyecto de ley que regula la responsabilidad de los intermediarios de internet es positiva para los argentinos.

El pasado miércoles 15 de noviembre las Comisiones de Defensa del Consumidor; Comunicación e informática; y de Justicia de la Cámara de Diputados de Argentina aprobaron el Proyecto de Ley que establece la limitación de responsabilidad de los intermediarios de internet respecto de los contenidos generados por los usuarios, iniciativa que ya había sido previamente aprobada en el Senado.

Para la GSMA, asociación global del ecosistema móvil, y ASIET -Asociación Interamericana de Empresas de Telecomunicaciones- el avance del proyecto es una buena noticia para la Argentina, ya que se establecerá una normativa clara acerca de la responsabilidad que tienen los intermediarios de internet -en particular los proveedores de servicios de Internet (ISP’s), – sobre los contenidos generados por los usuarios. El proyecto establece que los proveedores que permiten la comunicación online no son responsables de los contenidos que los usuarios generan o distribuyen a través de la red (excepto cuando hayan sido debidamente notificados por una orden judicial de la orden de remoción o bloqueo). Además, resulta destacable que el proyecto aclare que los intermediarios de internet no están obligados a monitorear los contenidos y establezca mecanismos de protección para quienes se consideren afectados por contenidos generados por usuarios.

En este sentido, confiamos en que la Cámara de Diputados culmine el proceso aprobando una Ley de acuerdo a los Principios de Manila, que establecen que “los intermediarios deben estar protegidos por ley de la responsabilidad por contenidos de terceros” y que las peticiones de restricción de contenidos deben ser “claras, inequívocas, y respetar el debido proceso” y no pueden requerirse “sin una orden de una autoridad judicial”. Además, estos principios creados “con el objetivo de proteger la libertad de expresión y crear un entorno propicio para la innovación”, establecen que “las leyes, órdenes y prácticas de restricción de contenidos deben cumplir con los tests de necesidad y proporcionalidad”; e “incluir transparencia y responsabilidad (rendición de cuentas)”.

Por último, destacamos que apoyamos la aprobación final de una ley que en línea con la normativa aprobada en otros países de la región, dé certeza a la actividad de los ISPs; favorezca la innovación y la libertad de expresión; y contribuya al desarrollo del ecosistema digital.