Ley de Servicios de Confianza de Paraguay: por qué puede poner en riesgo la inclusión financiera

El Poder Ejecutivo vetó parcialmente la “Ley de los servicios de confianza para las transacciones electrónicas, del documento electrónico y los documentos transmisibles electrónicos”, sancionada en septiembre por el Congreso. La norma, que deberá pasar nuevamente por ambas cámaras, busca establecer un marco jurídico para las transacciones electrónicas en un sentido amplio, abarcando, entre otras operaciones, a las transferencias de dinero a través de billeteras asociadas al teléfono móvil. El veto presidencial recayó sobre el artículo 103, que había sido señalado por la GSMA y otras organizaciones internacionales por la posibilidad de expulsar del sistema financiero y conducir de vuelta al uso de efectivo a más de 2 millones de ciudadanos que hoy utilizan billeteras móviles.

Paraguay es, desde hace más de una década, un ejemplo de inclusión financiera gracias a la implementación de varios servicios de billetera a través del teléfono móvil. Los operadores son figuras centrales de esta verdadera revolución financiera con servicios como Tigo Money, Giros Claro y Billetera Personal. En su conjunto cuentan con más de 2 millones de billeteras activas, una cantidad equivalente a dos tercios de la población económicamente activa del país. Este sistema se apoya en una red de 14.000 puntos que dan sustento a miles de familias de bajos ingresos. Se trata de transacciones de bajo monto: la operación promedio es de Gs 150.000 (aproximadamente 20 dólares) y la validación de usuario se hace de manera totalmente remota, incluyendo la validación mediante la cédula de identidad.

El artículo objetado por el Ejecutivo establecía el requerimiento de la identificación electrónica con un nivel de seguridad alto, realizado por un “Prestador de Servicios de Confianza”, para las diferentes operaciones. No distinguía monto de transacciones, tipo de usuario o medio utilizado. Esto significa que, de haberse promulgado la Ley, la identificación hubiera requerido el mismo tipo de trámite presencial tanto para cuentas que cursan transacciones millonarias como para aquellas que mueven valores pequeños tales como las billeteras electrónicas.

Una importante proporción de los usuarios actuales de billeteras móviles residen en zonas alejadas de los centros urbanos, haciendo costoso y prácticamente imposible que puedan realizar el trámite de identificación. Por lo tanto, la norma podría haberlos llevado a abandonar el sistema y volver al uso del efectivo, con las consiguientes dificultades de acceso y seguridad que ello conlleva.

Preservar la inclusión financiera de más de 2 millones de usuarios de billeteras móviles sin alterar los efectos de la Ley para otro tipo de transacciones es posible mediante la introducción del uso de esquemas de identificación con niveles de seguridad proporcionales al riesgo. El Banco Central del Paraguay, como regulador del Sistema Financiero, emitió un informe indicando esta recomendación. Desde la GSMA hemos enviado sendas propuestas a las Comisiones del Congreso y a la Presidencia de la República en el mismo sentido.

Instituciones globales de referencia como el Banco Mundial o el Financial Action Task Force (FATF) consideran la exclusión financiera una de las barreras para combatir el lavado de dinero o la financiación de actividades terroristas. Estas entidades también proponen el uso de esquemas de identificación proporcionales al riesgo. En el caso de las billeteras electrónicas, esto puede acotarse a través la fijación de límites de transacciones y topes mensuales de transferencia, entre otras medidas.

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